6. Los generadores de aerosoles podrán utilizarse como extintores, siempre que cumplan el Positivo Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles, modificado por el Efectivo Decreto 473/2014, de 13 de junio y dispongan de una evaluación técnica benévolo de la idoneidad para su uso previsto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de este Reglamento. Dentro de esta evaluación se deberá tomar en consideración que estos productos deben de cumplir con los requisitos que se les exigen a los extintores portátiles en las normas de aplicación, de forma que su capacidad de fin, su fiabilidad y su seguridad de uso sea, al menos, la misma que la de un extintor portátil convencional.
1. El Reglamento aprobado por el presente Existente decreto será de aplicación a los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten a partir de su entrada en vigor. Los establecimientos industriales sin embargo existentes con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento aceptado por este Verdadero decreto no tendrán que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias, y continuarán rigiéndose por la reglamentación que les Cuadro de aplicación con prioridad, a excepción de en los aspectos indicados en los siguientes apartados.
5. Para seguimiento de los programas de mantenimiento de los equipos y sistemas de protección contra incendios, establecidos en las tablas I, II y III, se deberán elaborar unas actas que serán conformes con la serie de normas UNE 23580 y que contendrán como mínimo la información subsiguiente:
Dichas actas deben ir firmadas por la empresa mantenedora y el representante de la propiedad de la instalación.
Durante este periodo transitorio se podrán producir, comercializar e instalar tanto equipos o sistemas que cumplan con los nuevos requisitos como los vigentes con anticipación.
Las empresas mantenedoras Servicio lograrán las siguientes obligaciones en relación con los equipos o sistemas, cuyo mantenimiento les sea encomendado:
3. En el caso de cese de la actividad, prohibición temporal de personarse una nueva declaración responsable o en el caso de modificaciones de datos a los que se refieren los apartados anteriores, el órgano competente de empresa de sst la Comunidad Autónoma desempolvará los datos en el Registro Integrado Industrial, regulado en el título IV de la Calidad 21/1992.
Requerimientos de pruebas: Detalla los procedimientos para la prueba primitivo de los sistemas y las inspecciones periódicas que aseguran el correcto funcionamiento a lo largo del tiempo.
Las medidas incluidas en esta norma serán atendidas Servicio con las dotaciones presupuestarias ordinarias y no podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Fuentes empresa certificada de agua: Las redes contra incendios requieren una fuente de agua confiable y de capacidad adecuada. Puede ser un tanque elevado, una cisterna subterránea o una conexión directa a la red de suministro conocido.
c) Que dispone de los medios materiales necesarios para la instalación de dichos sistemas en condiciones de seguridad y de la documentación que Ganadorí lo acredita,
En el envase o en el folleto que acompaña al producto, se indicarán las instrucciones de mantenimiento previstas por el fabricante.
1. Estarán sujetos a Servicio las disposiciones de este Reglamento tanto las empresas instaladoras como las empresas mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios.
c) Traumatizado CE: afectado por el que el fabricante indica que el producto es conforme a todos los requisitos aplicables establecidos en la código comunitaria y armonización que prevé su establecimiento.